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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

El presidente Gabriel Boric presentó el proyecto de ley del Financiamiento público para la Educación Superior (FES) que reemplaza al CAE, con condonación de deudas y reorganización de montos. La Comisión de Educación de la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó el proyecto. El FES cubriría la duración de la carrera y un año adicional, sin generar deudas ni requerir avales. La retribución se ajustaría según la renta del beneficiado, con exención para ingresos bajos y un pago del 8% para ingresos mayores. Se comenzaría a pagar 12 meses después del egreso.

El pasado 7 de octubre de 2024, el presidente Gabriel Boric anunció en cadena nacional la presentación de un proyecto de ley que crea un nuevo instrumento de Financiamiento público para la Educación Superior, abreviado como ‘FES’, y que reemplaza al famoso ‘CAE’ (Crédito con Aval del Estado).

Esta iniciativa además incluye la condonación de parte de las deudas educativas y la reorganización de los montos restantes.

Durante la jornada del 21 de abril de 2025, el proyecto fue aprobado por la Comisión de Educación de la Cámara de Diputadas y Diputados, por lo que ahora tendrá que ser discutido en la Comisión de Hacienda de la misma instancia.

¿Qué es el FES y qué propone para diferenciarse del CAE?

Según indica el Ministerio de Educación, a través de un sitio que habilitó para explicar el proyecto, este instrumento “será una alternativa para todas y todos los estudiantes que lo necesiten”, añadiendo que el FES reemplazará al CAE y al Fondo Solidario de Crédito Universitario.

Sobre esa línea, señalan que el Financiamiento público para la Educación Superior no generará una deuda para los estudiantes que lo utilicen, ya que no contempla préstamos bancarios, ni tasas de interés. Asimismo, no requiere que las y los estudiantes cuenten con un aval o garantía para su asignación.

Si algún día consigue aprobarse, la iniciativa cubriría la duración formal de la carrera y un año adicional. Permitiría un único cambio de carrera, y en ese caso, la cobertura sería de 1,5 veces la duración de la carrera más larga más un año adicional.

Además de financiar la carrera, el FES incluye el pago de matrícula. Todos estos beneficios son aplicables hasta el noveno decil de ingresos. Por lo cual, las casas de estudios podrán cobrar montos adicionales a quienes se ubiquen en el décimo decil.

Cabe destacar que, en la práctica, los estudiantes que consigan acceder a este tipo de financiamiento, tendrán que retribuirlo luego de egresar.

En qué consiste el FES, el proyecto que reemplaza al CAE y que avanzó en la Cámara de Diputados
Mineduc

¿Cómo funcionará la retribución?

El FES no tiene mayores condiciones y desde el Mineduc lo destacan por no exigir requisitos económicos ni puntajes PAES, sin embargo, sí especifican que los estudiantes “deberán matricularse en instituciones adscritas al nuevo instrumento público, con el compromiso de retribuir una vez insertos en el mercado laboral”.

Dicha retribución se ajustaría según la renta que tengan los beneficiados. Al respecto, explican que quienes tengan ingresos inferiores o iguales a 7,5 UTM ($488.865), estarán exentos de pago. Distinto es el caso de aquellos que superen esa cifra. Para ellos, la retribución sería del 8% del ingreso mensual “bajo la regla de dos años de contribución por semestre cursado, por un plazo máximo de 20 años”, propone el proyecto.

En qué consiste el FES, el proyecto que reemplaza al CAE y que avanzó en la Cámara de Diputados
Mineduc

Asimismo, se comenzaría a pagar 12 meses después del egreso, deserción o la eliminación académica, y se realizaría mediante la Operación Renta, “previo descuento mensual por planilla para trabajadores dependientes, y retención aplicada a boleta de honorarios en el caso de trabajadores independientes”.

¿Quiénes podrían acceder al FES?

Revisa a continuación las condiciones que exige el proyecto de ley, respecto a quiénes podrían optar al beneficio.

1. Ser chilena o chileno; extranjera o extranjero con residencia definitiva en el país; o extranjera o extranjero con residencia temporal y que haya cursado la enseñanza media completa en Chile.

No cumplirán este último punto quienes convalidaron su educación media en Chile, pero la cursaron en el extranjero.

2. Estar matriculado como estudiante regular en una carrera o programa de estudios conducente a un título técnico de nivel superior, título profesional o licenciatura, impartida en modalidad presencial o semipresencial habilitada por el reglamento, por alguna de las instituciones adscritas a FES.

3. No tener un grado de licenciatura terminal o un título profesional reconocido o revalidado en Chile, que haya sido financiado total o parcialmente con Gratuidad o FES.

Quienes tengan un título técnico de nivel superior, solo podrán acceder al FES si se matriculan en una carrera conducente a título profesional. Además, si cuentan con una licenciatura, solo accederán al nuevo financiamiento si se matriculan en un módulo de licenciatura conducente a un título pedagógico que dure, a lo más, dos años.

4. No deben haber desertado de una carrera o incurrir en eliminación académica más de una vez, ya sea en la misma carrera o en otra distinta, que haya sido financiada a través de Gratuidad o de FES.