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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

El proyecto de ley que regula el uso de la fuerza policial avanza en el Congreso Nacional tras dos años de tramitación, con el respaldo de la Cámara y el Senado, aunque con modificaciones que debilitan estándares internacionales. La proporcionalidad en el uso de la fuerza fue eliminada como principio rector, lo que podría tener efectos negativos en la rendición de cuentas y la protección de los derechos de las personas.

Tras dos años de tramitación legislativa, el proyecto de ley que regula el uso de la fuerza policial avanza en el Congreso Nacional, luego de que el Senado aprobara aspectos centrales de la regulación, los que ya cuentan con el respaldo de la Cámara.

Es una buena noticia que los aspectos sustantivos del proyecto cuenten con un apoyo transversal, pues constituye un avance democrático que el país tenga reglas claras para el uso de la fuerza policial, y que dicha regla sean debatidas y establecidas por ley, aspecto central para la eficacia del Estado de derecho y la seguridad de la ciudadanía.

En su actual trámite legislativo, el proyecto contempla una serie de regulaciones relativas a la utilización de armamento, los modos de intervención policial, los deberes que los cuerpos uniformados deben cumplir (planificación, identificación, advertencia, gradualidad o progresión, resguardar la vida e integridad de terceros, prestar auxilio, registro, reportar, protección de niños, niñas y adolescentes), así como prohibiciones expresas.

Asimismo, contempla los principios legales a los cuales deben ajustarse las fuerzas policiales: legalidad, necesidad, responsabilidad y racionalidad.

Sin embargo, durante su tramitación fueron eliminados o debilitados algunos mecanismos de control y rendición de cuentas inicialmente incluidos en el proyecto. En el Senado se introdujeron modificaciones que debilitan el sentido del proyecto y lo alejan de los estándares internacionales vigentes en la materia.

Entre otros, la eliminación del principio de rendición de cuentas y el deber de no apuntar al rostro con armamento no letal, así como el debilitamiento de la prohibición expresa de tortura.

Proporcionalidad en el uso de la fuerza

Una de las modificaciones introducidas por el Senado, que peores efectos puede tener sobre el uso de la fuerza, es la eliminación de la proporcionalidad como uno de los principios que deben guiar el actuar de las fuerzas de orden. Hablamos de un pilar básico tanto en el derecho internacional como en el derecho comparado, en virtud del cual los agentes del Estado están obligados a desplegar una fuerza equivalente o proporcional al grado de resistencia o agresión.

La disposición original, eliminada en el Senado, explicitaba que la fuerza empleada “nunca deberá ser excesiva en relación con el objetivo legítimo que se pretende alcanzar”, debiendo “asegurar la superioridad del personal y resguardar su seguridad y la de terceros”. Un principio que busca garantizar el despliegue de la fuerza estatal, y así, pueda medirse respecto de la fuerza a la cual deban enfrentarse las fuerzas de orden, en equilibrio con el objetivo legítimo que persiga.

Se ha argumentado que la inclusión del principio de racionalidad en el uso de la fuerza sería suficiente, sin embargo, se trata de conceptos de diverso contenido, por lo que impactan en el actuar policial de distintos modos.

En efecto, mientras la proporcionalidad mide el uso de la fuerza estatal “exclusivamente” respecto de la resistencia o agresión a la que debe enfrentar, el de racionalidad remite a un examen contextual de las circunstancias en las cuales debe desplegarse, en virtud del cual es posible justificar su utilización a través de criterios lógicos y razonables. Esta no es una mera diferencia técnica ni, mucho menos, una discusión ideologizada.

Monopolio del uso legítimo

Los instrumentos jurídicos que buscan la consecución, por vías distintas, pero complementarias, de dos importantes objetivos: por un lado, establecer un marco adecuado que permita en efectivo y eficaz uso de la fuerza por parte de los agentes de orden y seguridad y, por el otro, proteger los derechos de las personas eventualmente afectadas por un uso desproporcionado o irracional de la fuerza estatal.

Ambos principios son esenciales para garantizar que el empleo de la fuerza sea eficaz y, al mismo tiempo, respetuoso de los derechos de las personas. La proporcionalidad busca analizar la adecuación de la fuerza desplegada en relación con los objetivos perseguidos, mientras que la racionalidad analiza la lógica y justificación de las medidas desplegadas.

La primera cobra especial relevancia en contextos en los cuales la fuerza exige una graduación progresiva, como en situaciones de disturbios o de protesta, donde la presión a la que están sometidos los agentes policiales es mayor. De hecho, la jurisprudencia chilena suele examinar ambos principios, siendo la proporcionalidad más recurrente para resolver casos de violencia policial.

Debemos recordar que el monopolio del uso legítimo de la fuerza recae en el Estado, no en sus agentes policiales. Es por esta razón que el Legislador tiene una gran responsabilidad al regular el uso de la fuerza estatal por parte de los agentes policiales.

Dicha legitimidad depende de que el despliegue de la fuerza se verifique dentro del marco legal, el que, a su vez, debe proveer de todos los mecanismos necesarios para que su utilización sea eficaz en el cumplimiento de su objetivo, respetuoso de los derechos de las personas y susceptible de ser controlado.

Aspectos fundamentales

Es de esperar que la tramitación legislativa sea capaz de subsanar algunas decisiones equivocadas, que merman la capacidad del Estado para desplegar su fuerza de un modo legítimo y en equilibrio con el respeto y protección de los derechos de las personas. Este es uno de los proyectos prioritarios en materia de seguridad y es evidente la necesidad de actualizar la normativa reglamentaria actualmente vigente, para adecuarla a los estándares democráticos, de eficacia en la gestión policial y de protección de los derechos de las personas.

Sin embargo, la discusión legislativa muestra una regresión en el cumplimiento de dichos objetivos, que pueden dejar a las personas en una situación de vulnerabilidad e indefensión frente al uso de la fuerza.

Es fundamental la reposición de algunos aspectos fundamentales de esta normativa, tales como el principio de proporcionalidad, para que esta normativa cumpla con los objetivos propuestos y represente un avance respecto de las normas vigentes y no una regresión.