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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

Senadores valoran avances de la Ley Fintec, pero señalan que Chile aún falla en protección de usuarios ante delincuencia online. La Comisión de Hacienda recibió a la presidenta de la CMF, Solange Berstein, quien detalló avances en la implementación de la ley. La normativa busca regular servicios financieros digitales y otorgar atribuciones a la CMF para fiscalizar y proteger a los usuarios.

Senadores valoraron los alcances de la Ley Fintec, a la vez que manifestaron que Chile continúa “al debe” en materia de protección de los usuarios, los cuales se ven afectados por la delincuencia “online” contra los servicios digitales financieros.

Esta semana, la Comisión de Hacienda del Senado recibió a la presidenta de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), Solange Berstein, quien dio a conocer una serie de avances en la implementación de la Ley Fintec.

La iniciativa tiene como propósito generar un marco normativo general y congruente, orientado al incentivo de las prestaciones de servicios financieros a través de medios tecnológicos que realicen los proveedores regidos por ella.

Es así como la norma explica que la CMF será la encargada de fiscalizar la prestación de los servicios antes indicados.

Para ello, contará con las atribuciones que le confiere esta ley y su ley orgánica, incluyendo la facultad de adoptar las medidas preventivas o correctivas que se estimen necesarias para el debido resguardo de los inversionistas.

Tras la presentación de Berstein, el senador de RN e integrante de la Comisión de Hacienda, Rodrigo Galilea, manifestó su preocupación, entendiendo que es fundamental que toda la cadena de pago esté protegida, y así, transmitir esa tranquilidad a los usuarios de, por ejemplo, las tarjetas de débito.

Mientras que su par, Kenneth Pugh, destacó que la norma es fundamental para el país.

Eso sí, el legislador expresó que Chile aún tiene muchas materias al debe, sobre todo, en la suplantación de las personas.

Junto con lo anterior, la norma explicita que la Comisión para el Mercado Financiero puede exigir -mediante norma de carácter general- a las entidades inscritas en el Registro de Prestadores de Servicios Financieros que le remitan aquella información que sea necesaria para fiscalizar el cumplimiento de la presente ley, en la periodicidad, forma y medio que establezca dicha normativa.